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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256446
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 39, Sexta Parte; Pág. 31

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. SE DECLARA DE OFICIO SI SE DEJA DE ACTUAR POR CUALQUIER CAUSA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 39, Sexta Parte; Pág. 31

Precedentes

Amparo en revisión RA-701/71 (8629/63). La Guardiana, S. A. 7 de marzo de 1972. Unanimidad de votos. Ponente:Guillermo Guzmán Orozco.
Registro digital (IUS): 256446