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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256544
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 37, Sexta Parte; Pág. 45

MULTA IMPUESTA POR LA DIRECCION GENERAL DE PREVISION SOCIAL, DEPARTAMENTO DE SEGUROS. SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO DE NULIDAD.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 37, Sexta Parte; Pág. 45

Precedentes

Amparo en revisión A-383/71. Hotel Caleta Acapulco, S. A. 7 de enero de 1972. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Antonio Ríos. Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO DE NULIDAD DE MULTA IMPUESTA POR LA DIRECCION GENERAL DE PREVISION SOCIAL, DEPARTAMENTO DE SEGUROS.".
Registro digital (IUS): 256544