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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256583
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 36, Sexta Parte; Pág. 119
PARTICIPACION DE UTILIDADES, PROCEDIMIENTO PARA RECLAMAR LA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 36, Sexta Parte; Pág. 119
Es cierto que los conflictos relacionados con la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa son unos de tantos incidentes que pueden darse en las relaciones obrero-patronales, cuya decisión compete a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, pero mientras no se agote el procedimiento que señala el artículo 125 de la Ley Federal del Trabajo, dichas Juntas no pueden resolver al respecto.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 435/72. Alfredo Arvizu Familiar. 31 de julio de 1970. Ponente: Rafael Pérez Miravete.
Nota:
Enviada sin votación a la Dirección del Semanario Judicial de la Federación.
En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "PARTICIPACION DE UTILIDADES.".