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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256640
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 34, Sexta Parte; Pág. 15
ABORTO, DICTAMEN PERICIAL QUE DETERMINE LA CAUSA DEL, PARA LA COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 34, Sexta Parte; Pág. 15
En los términos del artículo 244 del Código Penal del Estado de Veracruz, entre los elementos integradores del tipo está el correspondiente a la existencia del dictamen pericial que determine la causa del aborto; por lo que de no existir tal constancia probatoria, específicamente pericial, porque así lo determinó el legislador, no hay comprobación del cuerpo de dicho ilícito.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo penal 1255/71. 15 de octubre de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio M. Cal y Mayor G.
Nota:
Enviada sin nombre del quejoso a la Dirección del Semanario Judicial de la Federación.
En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "ABORTO CAUSA DEL, COMO INTEGRADOR DEL TIPO. LEGISLACION DE VERACRUZ.".