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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256663
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 34, Sexta Parte; Pág. 39
INCIDENTE DE NULIDAD, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO EN CONTRA DEL AUTO QUE LO DESECHA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 34, Sexta Parte; Pág. 39
De acuerdo con dispuesto en el artículo 159, fracción V, de la Ley de Amparo, el acto dentro de juicio consistente en "cuando se resuelva ilegalmente un incidente de nulidad" no puede ser impugnado en amparo indirecto e inmediato, sino atacarse, en su oportunidad, mediante el amparo directo correspondiente; y según la fracción XI del mismo precepto, igualmente quedan para ser resueltos en amparo directo "los demás casos análogos a los de las fracciones que preceden, a juicio de la Suprema Corte de Justicia o de los Tribunales Colegiados de Circuito, según corresponda". Ahora bien, si el acto reclamado consiste en la resolución que desechó un incidente de nulidad de actuaciones, por consiguiente se está en la hipótesis prevista en los preceptos que se invocan, ya que no sólo hay analogía de la resolución que desecha un incidente, con aquella que lo resuelva ilegalmente, sino que existe mayoría de razón en virtud de que ni siquiera se plantea el incidente. Por ende, se trata de un caso comprendido en la fracción XI, en relación con la V que se invocan.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 113/71. 30 de octubre de 1971. Ponente: Alfonso Abitia Arzapalo.
Nota:
Enviada sin votación ni nombre del quejoso a la Dirección del Semanario Judicial de la Federación.
En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "IMPROCEDENCIA DEL AMPARO INDIRECTO, EN CONTRA DEL AUTO QUE DESECHA UN INCIDENTE DE NULIDAD.".