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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256729
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 32, Sexta Parte; Pág. 17
AGRARIO. SUSPENSION CONTRA LA AFECTACION DE UNA PEQUEÑA PROPIEDAD RECONOCIDA EN LA RESOLUCION PRESIDENCIAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 32, Sexta Parte; Pág. 17
Si la existencia de la pequeña propiedad se comprueba con el reconocimiento que se hizo de ella en una resolución presidencial de dotación de ejidos, tiene que admitirse que correctamente el C. Juez de Distrito concedió la suspensión si la resolución presidencial reclamada, sobre la creación de un nuevo centro de población agrícola, afecta esa pequeña propiedad y si bien es cierto, en términos generales, que las resoluciones presidenciales como la reclamada deben cumplirse en sus términos, ya que existe un interés de la sociedad para que así se haga, en el caso, por tratarse de una pequeña propiedad cuya existencia fue reconocida por las autoridades, debe por esta razón salvaguardarse con la medida suspensional que se otorgue, pues también existe un interés público de que sean protegidas las propiedades reconocidas como pequeñas.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Incidente en revisión RA-323/71. Amador Picazarri Laredo. 23 de agosto de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Abelardo Vázquez Cruz.
Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION CONTRA LA AFECTACION DE UNA PEQUEÑA PROPIEDAD RECONOCIDA EN LA RESOLUCION PRESIDENCIAL.".