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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256763
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 32, Sexta Parte; Pág. 69

PRIMA DE ANTIGÜEDAD, COMPUTO DE LA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 32, Sexta Parte; Pág. 69

Precedentes

Amparo directo 354/71. Sindicato de Trabajadores de la Industria Cigarrera y Similares de la República Mexicana, sección 2. 27 de agosto de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Hidalgo Riestra. Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "PRIMA DE ANTIGÜEDAD.".
Registro digital (IUS): 256763