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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256774
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 32, Sexta Parte; Pág. 81

SEGURO SOCIAL. INCONFORMIDAD PRESENTADA ANTE CUALQUIER DEPENDENCIA. DEBE REMITIRSE AL CONSEJO TECNICO PARA SU TRAMITACION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 32, Sexta Parte; Pág. 81

Precedentes

Amparo en revisión 243/71. Vicente Castillo Medina. 18 de agosto de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Ortega Calderón. Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "INCONFORMIDAD PRESENTADA ANTE CUALQUIER DEPENDENCIA DEL IMSS, DEBE REMITIRSE AL CONSEJO TECNICO PARA SU TRAMITACION.".
Registro digital (IUS): 256774