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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256784
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 31, Sexta Parte; Pág. 15

ABOGADOS PATRONOS, IMPEDIMENTOS Y EXCUSAS POR RELACIONES DE INTIMIDAD CON LOS. FRACCION III DEL ARTICULO 103 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE PUEBLA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 31, Sexta Parte; Pág. 15

Precedentes

Amparo en revisión R-560/71. Germán Sierra García. 16 de julio de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Gómez Mercado. Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "ABOGADOS PATRONOS, QUEDAN COMPRENDIDOS EN LA FRACCION III DEL ARTICULO 103 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE PUEBLA.".
Registro digital (IUS): 256784