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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256802
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 31, Sexta Parte; Pág. 34

INDULTO. SU REVOCACION DE PLANO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE NUEVO LEON, CONFORME A LA LEY DE 1963, ES VIOLATORIA DE GARANTIAS.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 31, Sexta Parte; Pág. 34

Precedentes

Revisión 150/71. Guillermo Puente Contreras. 15 de julio de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Federico Taboada Andraca.
Registro digital (IUS): 256802