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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256806
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 31, Sexta Parte; Pág. 41
MARCAS, CONFUSION DE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 31, Sexta Parte; Pág. 41
Si una palabra es de aquellas que denotan la procedencia en la composición o elaboración del un artículo, no constituye la parte esencial de la marca, ni puede por lo tanto hablarse de invasión o confusión de marcas cuando en dos o más de ellas se contengan ese tipo de palabras, puesto que lo que distingue a tales marcas lo es la desinencia o terminación con que se adicionan las mismas. En un caso en que se utilice la palabra "matón", no acontece la circunstancia apuntada, puesto que es una palabra que no satisface las condiciones anotadas, por lo que el anteponerle la sílaba "Phar" a la anterioridad "matón" no es suficiente para que fonética y visualmente no se preste a confusión entre el público consumidor, ya que el prefijo indicado no puede considerarse como eficaz diferenciador de dos marcas que ampararían similares productos en la clase 6 de la clasificación oficial.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión RA-199/71. Pharmatón, S. A. 14 de julio de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Ortega Calderón.