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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 29 de septiembre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 162/2003-PS en que participó el presente criterio.

Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256860
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 30, Sexta Parte; Pág. 54

PRESCRIPCION DE LA PENA IMPUESTA POR SENTENCIA FIRME, CUANDO SE INICIA LA. LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 30, Sexta Parte; Pág. 54

Precedentes

Revisión R-380/71. Raciel Alvarez Corral. 23 de junio de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco H. Pavón Vasconcelos. Nota: Por ejecutoria de fecha 29 de septiembre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 162/2003-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 256860