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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256936
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 28, Sexta Parte; Pág. 50

PERITOS EN MATERIA PENAL. DICTAMEN PROVISIONAL NO IMPUGNADO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 28, Sexta Parte; Pág. 50

Precedentes

Amparo directo 164/969. Juan Vieyra Gómez. 30 de abril de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Hidalgo Riestra. Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "PERITOS, DICTAMEN PROVISIONAL, NO IMPUGNADO.".
Registro digital (IUS): 256936