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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256945
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 28, Sexta Parte; Pág. 61
SALARIOS, RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO POR FALTA DE PAGO DE. CARGA DE LA PRUEBA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 28, Sexta Parte; Pág. 61
Tratándose de la rescisión del contrato de trabajo por causa imputable al patrón, por regla general es al trabajador que la demanda a quien corresponde la carga de la prueba de los hechos constitutivos de su acción, y si éstos se hacen consistir en que dicho patrón dejó de cubrirle los salarios correspondientes a un período determinando, al propio trabajador corresponde demostrar que solicitó el pago y que éste le fue negado, si es que la defensa del patrón consistió en que no se le cubrió su remuneración porque no se presentó a cobrarla.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
DT-236/60 Jesús Ramiro Delgado. 26 de abril de 1971. Ponente: José Martínez Delgado.
Nota:
Enviada sin votación a la Dirección del Semanario Judicial de la Federación.
En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO POR FALTA DE PAGO DE SALARIOS, CARGA DE LA PRUEBA.".