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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256955
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 27, Sexta Parte; Pág. 19

AMPARO, RECURSOS QUE NO ES NECESARIO INTERPONER PREVIAMENTE AL. RESOLUCION QUE ORDENA LA INTERNACION DEL QUEJOSO EN EL PABELLON PSIQUIATRICO DE LA CARCEL PREVENTIVA Y LA SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 27, Sexta Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo en revisión 16/71. Humberto Rodríguez Fierro. 26 de marzo de 1971. Ponente: Víctor Manuel Franco. Nota: Enviada sin votación a la Dirección del Semanario Judicial de la Federación. En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "SOBRESEIMIENTO INJUSTIFICADO. LA RESOLUCION QUE ORDENA LA INTERNACION DEL QUEJOSO EN EL PABELLON PSIQUIATRICO DE LA CARCEL PREVENTIVA Y LA SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO PUEDE SER RECLAMADA EN EL JUICIO DE AMPARO, SIN AGOTAR RECURSO PREVIO ALGUNO.".
Registro digital (IUS): 256955