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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
256960
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 27, Sexta Parte; Pág. 23

AUTO DE FORMAL PRISION, SENTENCIA QUE NO CAUSA AGRAVIO EN CASO DE.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 27, Sexta Parte; Pág. 23

Precedentes

Amparo en revisión 424/969. Gilberto Vázquez Orozco y coagraviados. 19 de marzo de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Hidalgo Riestra. Nota: En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "AUTO DE FORMAL PRISION.".
Registro digital (IUS): 256960