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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256965
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 27, Sexta Parte; Pág. 29
DELITO IMPRUDENCIAL. IRRESPONSABILIDAD EN SU COMISION.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 27, Sexta Parte; Pág. 29
Demostrado que el quejoso no se encontraba en su automóvil cuando se produjo el atropellamiento de varias personas, es evidente que no se acreditó su presunta responsabilidad, sino la de la coacusada que lo operó en ese momento, no obstante que el acusado lo dejara con el motor en movimiento, si cuida de poner el freno respectivo, quedando estacionado el vehículo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Revisión 9/71. Atlie Ramer Ashcraft. 29 de marzo de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Federico Taboada Andraca.