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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 256970
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 27, Sexta Parte; Pág. 45
FRAUDE POR SIMULACION.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 27, Sexta Parte; Pág. 45
Para la existencia del delito de fraude consignado en la fracción X del artículo 387 del Código Penal, basta la demostración de los elementos constitutivos de la infracción, sin ser relevante lo alegado por el quejoso en el sentido de que se trata de un asunto de carácter puramente civil, pues aunque el acto o contrato origen del ilícito sea de esa naturaleza, la simulación del acto, con perjuicio de otro, para obtener indebidos beneficios, tipifica el delito.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 128/70. Roberto Suárez Ruiz. 26 de marzo de 1971. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Castellanos Tena.