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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 257031
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 12, Sexta Parte; Pág. 21
INCOMPETENCIA DE UN JUEZ DE DISTRITO, DECLARATORIA DE SU. IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE REVISION.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 12, Sexta Parte; Pág. 21
El recurso de revisión interpuesto contra el auto de un Juez de Distrito que se declara incompetente en favor de otro Juez de Distrito, debe desecharse, toda vez que tal resolución no causa perjuicio al promovente, pues éste se originaría en caso de que el Juez de Distrito a quien se le cede la competencia, no aceptara conocer del asunto.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 119/69. Ramón Hernández González. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Castellanos Tena.
Notas:
En el Volumen 24, la tesis aparece bajo el rubro "INCOMPETENCIA, IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE REVISION EN CASO DE DECLARACION DE.".
En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "RECURSO DE REVISION, IMPROCEDENCIA DEL.".