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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 257038
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 24, Sexta Parte; Pág. 44
POSESION. SU FALTA DE COMPROBACION MOTIVA EL SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO DE AMPARO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 24, Sexta Parte; Pág. 44
La técnica moderna del juicio de garantías exige el análisis previo de cualquier causa de improcedencia. Como de encontrarse alguna no puede procederse al análisis del fondo del juicio, la falta de comprobación por parte del quejoso de la posesión material cuyo respeto o defensa constituye su única pretensión en el juicio de garantías, debe conducir al sobreseimiento del mismo, con fundamento en la fracción V del artículo 73 de la Ley de Amparo, y no a la negativa del amparo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
R.A. 839/969. Felipe Téllez. Ponente: Santiago Rodríguez Roldán.
Nota: Enviada sin votos ni mención de la fecha del fallo a la Dirección del Semanario Judicial de la Federación.