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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 257043
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 24, Sexta Parte; Pág. 49
ROBO, TENTATIVA DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 24, Sexta Parte; Pág. 49
Si el acusado fue sorprendido en el interior de un establecimiento comercial cuando pretendía robar, no puede aducirse que el delito quedó consumado, aun cuando, en su poder, se hayan encontrado objetos de la negociación, pues en ningún momento tuvo potestad dominical sobre los mismos y por ello no puede hablarse, con propiedad, de la consumación del apoderamiento de la cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento del titular; solo quedará la conducta en grado de tentativa si no llegó a consumarse el desapoderamiento del objeto, con relación al pasivo del delito, pues la mera contrectatio y aun el desplazamiento o remoción de la cosa no es índice seguro, en todos los casos, para determinar el momento consumativo del delito en cuestión.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
D. 151/70. Enrique Torres Flores y coagraviados. 17 de julio de 1970. Ponente: Carlos Galnares Antuñano.
Nota:
Enviada sin votación al Semanario Judicial de la Federación.
En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "ROBO, TENTATIVA DE (LEGISLACION PENAL DEL ESTADO DE PUEBLA).".