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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
257107
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 21, Sexta Parte; Pág. 31

SENTENCIAS DE AMPARO, EJECUCION DE LAS. QUEJA IMPROCEDENTE CUANDO LA AUTORIDAD RESPONSABLE ASUME PLENA JURISDICCION.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 21, Sexta Parte; Pág. 31

Precedentes

Amparo en revisión 361/69. Civil. Filemón Alonso. Unanimidad de votos. 10 de septiembre de 1970. Ponente: Nicéforo Olea Mendoza. Secretario: J. Benjamín Raygoza Espinoza. Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIAS DE AMPARO, EJECUCION DE.".
Registro digital (IUS): 257107