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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 257128
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 19, Sexta Parte; Pág. 39
JUNTAS FEDERALES DE MEJORAS MATERIALES, PRESIDENTES DE LAS. FACULTADES DE QUE CARECEN.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 19, Sexta Parte; Pág. 39
Los presidentes de las Juntas Federales de Mejoras Materiales no están facultados para privar de sus posesiones o derechos a los particulares, ya que esta facultad es privativa de la autoridad judicial, en los términos que previene la Constitución.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Revisión 464/69. Salvador Rodríguez Camacho. 9 de julio de 1970. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Antonio Ríos.
Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS, FACULTADES DE LAS, TRATANDOSE DE DESPOSESION ILEGAL DE INMUEBLES.".