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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
257136
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 18, Sexta Parte; Pág. 19

MINISTERIO PUBLICO, CONCLUSIONES DEL. CITA DE PRECEPTOS LEGALES.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 18, Sexta Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo directo 595/69. Penal. Antonio Higareda Hernández. 27 de junio de 1970. Unanimidad de votos. Ponente: Nicéforo Olea Mendoza. Secretario: J. Benjamín Raygoza Espinosa. Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "MINISTERIO PUBLICO, CONCLUSIONES DEL.".
Registro digital (IUS): 257136