Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/257165
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 257165
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 16, Sexta Parte; Pág. 35
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS. COMPETENCIA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 16, Sexta Parte; Pág. 35
Es inexacto que el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje carece de competencia para conocer del conflicto planteado por un trabajador que se dice cesado, cuando éste lo fue por abandono de empleo, y que dicho tribunal sólo puede intervenir en los casos de cese previstos por la fracción V del artículo 46 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, es decir, en los casos en que se requiera resolución de dicho tribunal para autorizar la cesación de los efectos del nombramiento. Lo anterior se apoya en la consideración de que el artículo 124, fracción I, de la ley antes invocada establece la competencia del órgano jurisdiccional de que se trata para conocer de todos los conflictos individuales entre los titulares de una dependencia y sus trabajadores, sin excluir algún caso, y por otra parte, no sólo existe conflicto en los casos en que se plantea ante el tribunal la pretensión de cesar a un empleado, sino también cuando el trabajador cesado por otras causas distintas de aquellas que requieren autorización previa del multicitado tribunal, formula demanda con base en que fue injustificadamente cesado en su empleo por causas diversas de las indicadas.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
R. T. 87/70. Francisco Vargas Segura. 30 de abril de 1970. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: José Martínez Delgado.
Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "CONFLICTOS ENTRE EL ESTADO Y SUS TRABAJADORES, COMPETENCIA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.".