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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 257167
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 15, Sexta Parte; Pág. 15
ACUMULACION EN MATERIA LABORAL.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 15, Sexta Parte; Pág. 15
En los juicios laborales la acumulación se rige por las disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, que contempla dos casos distintos. El primero de ellos está previsto por el artículo 71 y se refiere a la hipótesis en la que presentada una demanda en la que se ejercitan determinadas acciones, se interpone otra reclamación en la que ambas partes son las mismas y las pretensiones deducidas iguales, caso a que la doctrina da nombre de litispendencia y en el que la acumulación produce el efecto de nulificar el proceso acumulado que es el de fecha posterior, independientemente de la suerte del iniciado con anterioridad. El otro caso es el contenido en el artículo 72 del código citado y contempla tres hipótesis distintas: a) la existencia de dos o más juicios en que la decisión de cada uno exige la comprobación, la constatación o la modificación de resoluciones jurídicas derivadas en todo o en parte del mismo hecho, el cual tiene que ser necesariamente comprobado; b) la existencia de dos o más juicios que tiendan en todo o en parte al mismo efecto; c) la existencia de dos o más juicios en los que debe resolverse total o parcialmente una misma controversia; en estas hipótesis se está en el caso de la llamada conexidad y su efecto es que los asuntos acumulados se resuelvan en una sola sentencia. Para la procedencia de la acumulación en el segundo caso, no es necesario que exista la identidad de partes, sino basta que se traten en los distintos juicios de cuestiones que en todo o en parte tiendan al mismo efecto o algunas de las otras hipótesis señaladas.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
R.T. 52/69. Sweaters Ofelia. 30 de marzo de 1970. Ponente: Rafael Pérez Miravete.
Nota: Enviada sin votación a la Dirección del Semanario Judicial de la Federación.