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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
257201
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 14, Sexta Parte; Pág. 31

TERMINOS DE GRACIA O CORTESIA, INEXISTENCIA DE, EN MATERIA MERCANTIL. SUPLETORIEDAD INOPERANTE DEL ARTICULO 404 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 14, Sexta Parte; Pág. 31

Precedentes

Amparo directo 64/70. Humberto Chena Nava. 26 de febrero de 1970. Unanimidad de votos. Ponente: Edmundo Elorduy. Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "EL ARTICULO 404 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL NO TIENE APLICACION SUPLETORIA ALGUNA EN LOS JUICIOS MERCANTILES.".
Registro digital (IUS): 257201