Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/257203
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 257203
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 12, Sexta Parte; Pág. 15
DELITO CONTINUO Y NO CONTINUADO.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 12, Sexta Parte; Pág. 15
Es violatoria de garantías la sentencia que tiene en cuenta, en casos de acumulación real, el monto de todos los robos cometidos por el mismo delincuente, considerando los hechos como un delito continuado, cuando en realidad debe tomarse como base para la punición el robo de mayor gravedad, habida cuenta de que la ley positiva no contempla la figura del delito continuado, sino la del permanente, al que le llama "continuo". Es lícito admitir el delito continuado, si con ello se beneficia al acusado, pero si en función de la sistemática adoptada para la fijación de la pena en el robo, se estiman en la sentencia como uno solo, varios robos, esto resulta perjudicial al encausado, y, por ende, entraña violación de garantías.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 347/68. Emilio Téllez Castro. 2 de diciembre de 1969. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Castellanos Tena.
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 9, página 29. Amparo directo 600/69. Julio Nahum Julián. 29 de septiembre de 1969. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Castellanos Tena.
Notas:
En el Volumen 9, página 29, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO CONTINUO.".
En el Volumen 24, página 27, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO CONTINUADO. ROBO.".
En el Informe 1970, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO CONTINUADO.".