Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/257210
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
257210
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 12, Sexta Parte; Pág. 38

REGISTRO FEDERAL DE AUTOMOVILES, SECUESTRO DE VEHICULOS POR LA DIRECCION DEL.

[J]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 12, Sexta Parte; Pág. 38

Precedentes

Séptima Epoca, Sexta Parte: Volumen 1, página 71. Amparo en revisión 1214/68. Carlos Renán Herrera Valladares. 30 de enero de 1969. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 3, página 149. Amparo en revisión 187/69. José María Carrillo Gamboa. 6 de marzo de 1969. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 3, página 149. Amparo en revisión 195/69. Francisco Aguilar Cu. 18 de marzo de 1969. Unanimidad de votos. Ponente: Armando Maldonado Cisneros. Volumen 6, página 79. Amparo en revisión 966/68. Teresa Moreno de Rivera. 27 de junio de 1969. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen 8, página 55. Amparo en revisión 1041/68. Carlos Castillo Güemes. 6 de agosto de 1969. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 257210