Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/257318
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 257318
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 7, Sexta Parte; Pág. 37
DESPIDO, EJERCICIO SIMULTANEO DE LAS ACCIONES DE PAGO DE INDEMNIZACION Y RESCISION EN CASO DE.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 7, Sexta Parte; Pág. 37
Es verdad que las acciones de pago de la indemnización constitucional por despido injustificado y de rescisión del contrato de trabajo por causas imputables al patrón son incompatibles y se excluyen por su propia naturaleza. Pero, no obstante lo anterior, si el patrón contradice los hechos en que el trabajador funda tales acciones y si además rinde pruebas para desvirtuarlos, lo que significa que no ha quedado en un estado de indefensión, la Junta no está facultada para absolverle de plano por el hecho de que las acciones sean contradictorias, sino que debe entrar al estudio del conflicto y resolver lo que legalmente corresponda.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 420/68, Laboral. Josefina Ojeda Félix. 18 de julio de 1969. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Carrillo Ocampo.