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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
257338
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 7, Sexta Parte; Pág. 90

SUPLENCIA DE LA QUEJA. NO PUEDE CREAR ACTOS RECLAMADOS NI CONCEPTOS DE VIOLACION QUE NO FUERON MATERIA DE LA DEMANDA DE AMPARO RELATIVA.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 7, Sexta Parte; Pág. 90

Precedentes

Amparo en revisión 463/68. Toca 213/69. Melesio Salina Barrera. 11 de julio de 1969. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Reyes Galván.
Registro digital (IUS): 257338