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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
257361
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 6, Sexta Parte; Pág. 84

SOCIEDAD CONYUGAL. ES SUJETO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y DEBE ESTAR INSCRITA EN EL REGISTRO FEDERAL DE CAUSANTES.

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 6, Sexta Parte; Pág. 84

Precedentes

Revisión fiscal 30/68. Onésimo Cepeda V. y Amelia Silva de Cepeda. 18 de junio de 1969. Mayoría de dos votos. Disidente: Juan Gómez Díaz. Ponente: Jesús Toral Moreno.
Registro digital (IUS): 257361