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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 257382
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 5, Sexta Parte; Pág. 27
CONFESION FICTA ANTE LAS JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. INAPLICABILIDAD DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 5, Sexta Parte; Pág. 27
El sistema oral establecido por la Ley Federal del Trabajo no permite conceder términos para declarar confesas a las partes que no concurren a la audiencia. El artículo 527 de la citada ley es suficientemente claro para permitir concluir que la declaración de confeso se hace de inmediato, sin lugar a las dilaciones que establece el Código Federal de Procedimientos Civiles que, por establecer una mecánica distinta, no es aplicable supletoriamente en la situación que se resuelve.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 257/68. Laboral. Pavimentos y Obras, S.A. 14 de mayo de 1969. Ponente: Manuel Castro Reyes.
Nota: Se omiten los datos de la votación por no haberse enviado al Semanario Judicial de la Federación.