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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
257405
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 4, Sexta Parte; Pág. 51

FRAUDE, TIPIFICACION DEL (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).

[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 4, Sexta Parte; Pág. 51

Precedentes

Amparo directo 355/69. Penal. Rosendo Marquéz Escalera. 25 de abril de 1969. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Nota: En el Informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro "FRAUDE. ARTICULO 368, FRACCION XII (LEGISLACION DE CHIHUAHUA).".
Registro digital (IUS): 257405