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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 257410
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 4, Sexta Parte; Pág. 61
NORMAS Y PESAS Y MEDIDAS, MULTAS IMPUESTAS POR VIOLACIONES A LA LEY GENERAL DE. PROCEDIMIENTO A SEGUIR, ANTES DE ACUDIR AL JUICIO DE GARANTIAS.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 4, Sexta Parte; Pág. 61
Independientemente de que la multa impuesta al quejoso por las autoridades responsables, sea o no un crédito fiscal, lo cierto es que atento lo dispuesto por los artículos 44 de la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas y 22 de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, el quejoso no sólo debió agotar, antes de acudir al juicio de garantías en el que reclama la imposición de la multa, el juicio de nulidad a que se refiere el citado artículo 22 de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, sino también y antes de dicho juicio, el recurso establecido en el artículo 44 de la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas, ya que la interposición del recurso administrativo y juicio de nulidad señalados, suspenden, respectivamente, los efectos de la resolución que imponga sanciones por violaciones de la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 250/68. La Super Lonja Mercantil, S.A. 18 de abril de 1969. Mayoría de votos. Ponente: Juan Gómez Díaz. Disidente: Jesús Toral Moreno.
Véase Semanario Judicial de la Federación: Sexta Epoca, Volumen CXXXIV, Tercera Parte, página 57.