Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/257448
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 257448
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 2, Sexta Parte; Pág. 60
CODIGO MUNICIPAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.
[TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 2, Sexta Parte; Pág. 60
De conformidad con el artículo 2o. transitorio del Código Municipal del Estado de Chihuahua, la legislación municipal quedó derogada, y sólo las leyes generales del Estado que se opongan a la nueva legislación quedan derogadas, con excepción de pavimentación y carnes. La disposición local en cita, debe interpretarse gramaticalmente, pues su texto es claro y no presenta dudas.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 414/67. Mercados del Real, S. A. 8 de febrero de 1969. Mayoría de dos votos. Disidente: Carlos Hidalgo Riestra. Ponente: Angel Suárez Torres.