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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 257533
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXXXII, Primera Parte; Pág. 89
ARMAS PROHIBIDAS, DELITO DE PORTACION DE. COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DEL ORDEN COMUN (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUANAJUATO).
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXXXII, Primera Parte; Pág. 89
Si bien es cierto que tal figura delictiva tuvo el carácter de federal en toda la República de acuerdo con la Ley de Portación de Armas de Fuego de veinticinco de enero de mil novecientos cuarenta y tres, que se reglamentó por decreto de treinta y uno de mayo del propio año, también lo es que esa ley y su reglamento se dictaron durante la vigencia de las leyes de emergencia decretadas por el Ejecutivo Federal, y fueron derogados por decreto de veintiocho de septiembre de mil novecientos cuarenta y cinco, publicado el primero de octubre de ese año, en que se levantó la suspensión de garantías en el país, por lo que el carácter federal que aquéllos tenían fue transitorio y, al volver el país a la normalidad, el delito de portación de armas prohibidas fue considerado nuevamente como de la competencia de los tribunales locales, siendo regido por las leyes respectivas de cada Estado; y como el Código Penal del Estado de Guanajuato en su título segundo, capítulo III, determina cuáles son las armas prohibidas, es evidente que la competencia radica en el fuero común.
Precedentes
Competencia 118/65. Suscitada entre el Juez Primero de Primera Instancia del Distrito Judicial de Coatzacoalcos, Veracruz y el Juez de Distrito en el Istmo de Tehuantepec con residencia en Salinas Cruz, Oaxaca. 6 de junio de 1967. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: José Luis Gutiérrez.
Sexta Epoca, Primera Parte:
Volumen CXI, página 12. Competencia 11/65. Suscitada entre el Juez de Distrito en el Estado de Guanajuato y el Juez Primero de lo Penal en Irapuato, Guanajuato. 20 de septiembre de 1966. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: José Luis Gutiérrez.