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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
257552
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXXIX, Primera Parte; Pág. 16

MOLINOS DE NIXTAMAL, EXPENDIOS DE MASA Y DE TORTILLAS, REGLAMENTO DE, PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. DECRETO NUMERO 143. CONSTITUCIONALIDAD.

[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXXIX, Primera Parte; Pág. 16

Precedentes

Amparo en revisión 690/53. María Soledad Ruiz. 26 de marzo de 1968. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez
Registro digital (IUS): 257552