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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
257557
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXXVIII, Primera Parte; Pág. 13

BANCO NACIONAL DE CREDITO EJIDAL. DELITO COMETIDO EN SU PERJUICIO.

[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXXVIII, Primera Parte; Pág. 13

Precedentes

Competencia 30/64. Suscitada entre el Juez Segundo de la Defensa Social en Mérida, Yucatán y el Juez de Distrito en Mérida, Yucatán. 20 de febrero de 1968. Mayoría de catorce votos. Disidente: Mario G. Rebolledo F. Ponente: Manuel Rivera Silva. Quinta Epoca: Tomo CXXV, Primera Parte, página 133. Competencia 65/54. Suscitada entre el Juez de Distrito del Estado de Sinaloa y el Juez de Primera Instancia del Ramo Penal en Mazatlán, Sinaloa. 5 de julio de 1955. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: En el Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo CXXV, Primera Parte, página 133, la tesis se publicó con el rubro "BANCO NACIONAL DE CREDITO EJIDAL, COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS DELITOS CONTRA EL.".
Registro digital (IUS): 257557