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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 257593
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXXV, Primera Parte; Pág. 31
SUCESIONES, COMPETENCIA DEL JUEZ DEL LUGAR DE LA UBICACION DE LOS BIENES INMUEBLES, CUANDO EXISTE DUDA SOBRE EL DOMICILIO DEL AUTOR DE LA SUCESION.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXXV, Primera Parte; Pág. 31
Si las legislaciones de los Estados cuyos Jueces compiten, establecen que es Juez competente en los juicios hereditarios, aquel en cuyo territorio haya tenido su último domicilio, el autor de la herencia; y a falta de este domicilio, el de la ubicación de los bienes raíces que forman la herencia, pero existe duda sobre cuál fue el último domicilio del autor de la sucesión, la competencia respectiva debe resolverse en los términos del último supuesto, o sea en favor del Juez del lugar de la ubicación de los bienes raíces que forman la herencia.
Precedentes
Competencia 39/67. Suscitada entre el Juez Segundo de lo Civil de Puebla, Puebla y el Juez Segundo de lo Civil del Partido Judicial de México, Distrito Federal. 14 de noviembre de 1967. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: José Castro Estrada.