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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 257675
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXIII, Primera Parte; Pág. 26
COMPETENCIA MERCANTIL. ES JUEZ COMPETENTE AQUEL A QUIEN SE SOMETEN LAS PARTES Y A ELECCION DE UNA DE ELLAS.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXIII, Primera Parte; Pág. 26
Si en un contrato mercantil las partes se someten a las leyes y tribunales de dos diversas entidades federativas, a elección de una de aquéllas, no pierde el derecho de escoger al juzgador que deba conocer del juicio aunque en éste aparezca como parte demandada, pues en tal caso son aplicables los preceptos procesales del Código de Comercio que hablan de la competencia del Juez al cual se someten las partes; y no es aplicable el precepto del Código Civil, referente a la nulidad de la obligación condicional cuando el cumplimiento de la condición depende exclusivamente de la voluntad del deudor, en virtud de que la controversia competencial sólo resuelve cual de los Jueces contendientes es el competente para conocer del juicio, pero no sobre nulidad de cláusulas del contrato que sería materia del juicio.
Precedentes
Competencia 105/65. Suscitada entre el Juez Primero de Distrito del Distrito Federal en Materia Civil y el Juez de Primera Instancia de Letras del Ramo Civil de Gómez Palacio, Durango. 22 de noviembre de 1966. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.