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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 257684
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXII, Primera Parte; Pág. 39
TRABAJO, LUGAR DE DESEMPEÑO DEL, Y PRORROGA DE COMPETENCIA TERRITORIAL. IRRENUNCIABILIDAD DE DISPOSICIONES FAVORABLES A LOS TRABAJADORES.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXII, Primera Parte; Pág. 39
Si en el contrato individual de trabajo se establece que las partes contratantes se sujetan a la jurisdicción de las autoridades de trabajo de una ciudad diferente, renunciando a la que por su domicilio y por el lugar de su ejecución señala la ley, dicho documento no puede contrariar lo establecido por los artículos 15 y 16 de la Ley Federal del Trabajo, que prohibe la renuncia de disposiciones que favorezcan a los trabajadores y establece la equidad para resolver los casos no previstos en la misma. Si el trabajador manifiesta que desempeña sus labores en determinada ciudad y en ese mismo lugar tiene establecidas oficinas la empresa demandada, en ese propio lugar debe tramitarse el juicio laboral, porque sería molesto y oneroso para el trabajador el estar trasladándose continuamente a la ciudad donde radique la autoridad laboral que se señale en el contrato.
Precedentes
Competencia civil 100/65. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de León, Guanajuato y el Grupo Especial Número Dos de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 4 de octubre de 1966. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.