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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 257710
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CVII, Primera Parte; Pág. 59
POLICIA, COMPETENCIA DE UN JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, PARA CONOCER DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL SEGUIDO POR UN MIEMBRO DE LA CAJA DE PREVISION DE LA POLICIA DEL DISTRITO FEDERAL, SOBRE CONCESION Y PAGO DE SU JUBILACION.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CVII, Primera Parte; Pág. 59
Teniendo dicha caja personalidad y patrimonio propios, conforme a la ley que la creó, no es posible que eluda indefinidamente resolver sobre la petición de jubilación de uno de sus miembros o beneficiarios; y como es responsable de sus actos ante los tribunales competentes, conforme al artículo 9o. de dicha ley, corresponde a un tribunal del orden común resolver sobre la misma cuestión planteada ya en la vía judicial, por tratarse de una reclamación pecuniaria, fundada en los derechos que establece la ley de la materia, y por no estar establecidos tribunales determinados para conocer de esta clase de asuntos.
Precedentes
Competencia civil 65/63. Suscitada entre el Juez Primero de Distrito en Materia Civil del Distrito Federal y el Juez Sexto de Distrito en Materia Civil de esta Ciudad. 1966. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.