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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
257775
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Primera Parte; Pág. 135

AMPARO CONTRA LEYES, AUTORIDADES RESPONSABLES TRATANDOSE DE.

[J]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Primera Parte; Pág. 135

Precedentes

Volumen XLV, Primera Parte, página 170. Amparo en revisión 6027/49. Galletera Jalisciense, S. A. y coagraviados. 7 de marzo de 1961. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Gilberto Valenzuela. Volumen LIX, Primera Parte, página 9. Amparo en revisión 1599/53. Compañía Mexicana de Tubos de Albañal, S. A. 8 de mayo de 1962. Mayoría de catorce votos. Disidentes: Gabriel García Rojas, José Rivera Pérez Campos, José López Lira y Rafael Matos Escobedo. Ponente: Angel González de la Vega. Volumen XCV, Primera Parte, página 9. Amparo en revisión 3994/62. Vicente Méndez. 4 de mayo de 1965. Mayoría de quince votos. Disidentes: Felipe Tena Ramírez, Manuel Rivera Silva, José Castro Estrada, María Cristina Salmorán de Tamayo y Mariano Ramírez Vázquez. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Volumen CXXXII, Primera Parte, página 69. Amparo en revisión 5088/64. José Guadalupe Novelo Castillo. 18 de junio de 1968. Mayoría de dieciséis votos. Disidente: Enrique Martínez Ulloa. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Volumen CXXXVIII, Primera Parte, página 35. Amparo en revisión 2256/59. J. Jesús González Durán. 3 de diciembre de 1968. Mayoría de diecisiete votos. Disidente: Enrique Martínez Ulloa. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Registro digital (IUS): 257775