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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 257778
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XCIV, Primera Parte; Pág. 9
AMPARO, PERSONALIDAD EN EL. SOCIEDADES.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XCIV, Primera Parte; Pág. 9
Tratándose de acciones al portador, el hecho de que los promoventes de un amparo aparezcan como socios en la escritura constitutiva de una sociedad, no es bastante para acreditar su carácter de socios en las asambleas, ya que para ello necesitan acreditar que siguen siendo poseedores de las acciones, por lo que con mayor razón debe estimarse que la sola presentación de dicha escritura no acredita ante el Poder Judicial Federal que los promoventes tenían todavía el carácter de socios cuando promovieron el juicio de garantías, ya que no acredita que tenían en su poder las acciones al presentar la demanda.
Precedentes
Amparo en revisión 3655/50. Refacciones y Equipos, S. A. coagraviados. 27 de abril de 1965. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.