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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 257807
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XCII, Primera Parte; Pág. 15
ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES PARA FINES ESPECIFICOS. EL ARTICULO 125 FRACCION XII DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, REFORMADO POR DECRETO DE 30 DE DICIEMBRE DE 1955, NO FALTA AL PRINCIPIO DE GENERALIDAD DE LOS IMPUESTOS, AUNQUE LAS PARTES DE UN MISMO INMUEBLE ESTEN SUJETAS A DIVERSOS GRAVAMENES.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XCII, Primera Parte; Pág. 15
No es la propiedad raíz la que reporta el gravamen, sino los ingresos derivados de los arrendamientos de la misma, cuando el inmueble se destina a alguno de los fines específicos indicados en dicho precepto. Cuando no se arriende todo el bien para tales fines, sino sólo alguna parte del mismo, esa parte resulta gravada por la fracción XII del artículo 125, porque se entiende que hay una inversión de capital destinada a percibir un provecho de esa naturaleza. En cambio, cuando se trata de locales o partes del mismo inmueble que no son apropiados para ese uso, se entiende que sólo hay arrendamiento común, en que falta la explotación del capital invertido y en que predomina la función ordinaria del arrendamiento, que consiste en que el arrendatario substituye al propietario en el indiferenciado uso y disfrute de la cosa arrendada. En estas condiciones, es fácil advertir, por la disposición de los inmuebles, o por los términos de los contratos, que se trata de situaciones diversas que demandan diverso régimen fiscal.
Precedentes
Amparo en revisión 5384/56. Inmobiliaria Geme, S. A. y coagraviados. (Acumulados). 9 de febrero de 1965. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Nota: Esta tesis también aparece como relacionada con la jurisprudencia 3, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Primera Parte, página 17.