Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/257814
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 257814
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XCII, Primera Parte; Pág. 36
LETRAS DE CAMBIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XCII, Primera Parte; Pág. 36
Tratándose de una letra de cambio, y del juicio ejecutivo mercantil a que de motivo su cobro, de acuerdo con el artículo 1104, fracción II del Código de Comercio, por razón de territorio, es tribunal competente el del lugar convenido para el cumplimiento de la obligación.
Precedentes
Competencia civil 101/59. Suscitada entre el Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Civil de Saltillo, Coahuila y el Juez Primero de Letras del Ramo Civil de Monterrey, Nuevo León. 9 de febrero de 1965. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.