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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 257841
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXXVII, Primera Parte; Pág. 21
SUCESIONES, COMPETENCIA PARA CONOCER DE LAS, EN CASO DE VARIOS DOMICILIOS DEL DE CUJUS.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXXVII, Primera Parte; Pág. 21
Si por circunstancias particulares del acta de defunción aparece diversidad de domicilios del autor de la herencia, derivada de la forma irregular de su vida marital, estando el único bien raíz de la herencia, en determinada ciudad, debe decidirse el conflicto competencial a favor del Juez de esa ciudad, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32 del Código Federal de Procedimientos Civiles, si las legislaciones de los Estados cuyos Jueces compiten, contienen la misma disposición en el sentido de que es Juez competente el Juez en cuya comprensión haya tenido su último domicilio el autor de la herencia, y a falta de ese domicilio el de la ubicación de los bienes.
Precedentes
Competencia civil 7/64. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia de lo Civil de Irapuato, Guanajuato y el Juez Séptimo de lo Civil en la Ciudad de México, Distrito Federal. 9 de septiembre de 1964. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: José Castro Estrada.