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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 257842
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXXVII, Primera Parte; Pág. 21
SUCESIONES, COMPETENCIA PARA CONOCER DE LAS.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXXVII, Primera Parte; Pág. 21
Si el autor de la herencia, al otorgar testamento público abierto ante Notario Público de una ciudad, declaró ser originario de diversa población, habiendo venido a radicar a la primera, entendida esta manifestación como una voluntaria declaración del propósito de establecerse nuevamente en esa ciudad como lugar de su residencia, es correcto admitir, que éste fue el lugar de su último domicilio, y si también lo fue el de su fallecimiento, es competente para conocer del juicio sucesorio, el Juez de dicha ciudad.
Precedentes
Competencia 17/64. Suscitada entre el Juez Décimo Primero de lo Civil del Partido Judicial de México, Distrito Federal y el Juez Primero del Ramo Civil del Distrito Judicial de Durango, Durango. 9 de septiembre de 1964. Unanimidad de quince votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.