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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 257876
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXXI, Primera Parte; Pág. 65
DAÑO EN PROPIEDAD AJENA. COMPETENCIA TRATANDOSE DE TERRENOS COMUNALES.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXXI, Primera Parte; Pág. 65
Si el delito de daño en propiedad ajena de que se inculpó a los acusados es del orden común, pues sólo ocasionó perjuicios a particulares, sin afectarse los intereses de la nación, porque los núcleos de población que de hecho o por derecho guarden estado comunal, tienen capacidad para disfrutar en común las tierras que les pertenezcan de acuerdo con la fracción VII del artículo 27 constitucional sin que tenga intervención ninguna la Federación, por lo que cualquier perjuicio que se les ocasione afecta únicamente a los poseedores, sin causar perjuicio a la nación, no hay motivo para que los conflictos que afecten a esos terrenos sean de competencia federal, pues no quedan comprendidos en ninguno de los incisos de la fracción I del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, ni en el 359 del Código Agrario, pues este sólo se refiere a los delitos oficiales cometidos por los miembros de los Comisariados Agrarios Mixtos y a los Delegados del Departamento Agrario, y si los acusados no tenían ninguno de estos caracteres, consecuentemente radica en el fuero común la jurisdicción.
Precedentes
Competencia 92/63. Suscitada entre el Juez de Distrito en el Estado de Guerrero y el Juez Mixto de Primera Instancia de Tixtla, Guerrero. 17 de marzo de 1964. Unanimidad de quince votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Nota: Esta tesis aparece como relacionada con la jurisprudencia 23, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Novena Parte, página 44.